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Comprar un imueble de un Incapaz

Para vender un bien inmueble que pertenece a un incapaz, se debe solicitar una autorización ante juez de familia mediante un proceso de jurisdicción voluntaria, ya que el patrimonio de los incapaces tienen una protección especial. Por esta razón, se debe demostrar al juez el motivo de la venta, y la destinación del dinero posterior a ella.



El proceso dura aproximadamente entre 3 a 8 meses, varía dependiendo del juzgado de familia al que le corresponda. En dicho proceso el juez decidirá sobre la conveniencia de la venta para el incapaz, y finalmente se pronuncia otorgando o denegando la autorización de venta, la cual es por regla general en pública subasta, o excepcionalmente de forma directa.



Una vez se conceda la autorización, de conformidad con el artículo 653 del Código de Procedimiento Civil, el juez establecerá un término para realizar la venta, cuya plazo máximo será de 6 meses.

Promesa de compraventa
Inmueble embargado
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